La cultura de la intolerancia arrastra a los ciudadanos
a agravar el estado de segregación ya existente
y se manifiesta en las siguientes conductas:
profanación de lugares sagrados, agresión física o
verbal contra fieles o líderes religiosos, estigmatizan
a personalidades específicas, injurias o calumnias
transmitidas de manera verbal o por escrito.
(Internet es un espacio ideal para alimentar la violencia
religiosa y el señalamiento), e impedimento a
los empleados y estudiantes de observar conforme
a las pautas de sus credos las fiestas sagradas o días
de reposo.
Las estructuras religiosas son responsables, en muchos
casos, de promover y sacralizar la violencia
contra todas las demás entidades religiosas y sus representantes
o fieles.
Se habla mucho hoy día acerca
de diálogo ecuménico o interreligioso y existe algo
de literatura en el tema, se han celebrado encuentros
entre las estructuras de fe y entidades religiosas
pequeñas o nuevas.
Pero lo que nadie ha denunciado
es que, muchas veces, este diálogo ecuménico o
interreligioso lleva consigo intereses de poder.
Así
pues, una institución religiosa es quien traza las directrices
para establecer una situación de diálogo,
que puede en algunos casos expresar puntos comunes
con las demás instituciones religiosas… pero
buscando como finalidad el sometimiento de estas
a la primera y no un trabajo internacionalicen
conjunto y colegiado.
Esta conducta se da por dos situaciones: en primer
lugar las estructuras religiosas expresan, a través de
sus doctrinas o acciones, arrogancia y triunfalismos
teológicos, y la experiencia de la cooperación
religiosa enseña que es muy difícil prestarse al diálogo fraternal con una institución religiosa que, por
sus mismas premisas, declare a los demás errados y
desde un principio destruya las bases de una verdadera
situación de diálogo
Por tanto, a veces el diálogo interreligioso se presta
para que alguna entidad religiosa, bien sea por falta
de formación o por intereses de poder, utilice estos
espacios tan importantes para una cultura ínter confesional
con el fin de buscar adeptos o someter a
otras entidades religiosas.
En segundo lugar existe entre las instituciones religiosas
un desconocimiento claro de la historia, la
tradición y la doctrina de las demás entidades de fe,
lo que lleva a que cualquiera de ellas señale a las demás
como secta.
En realidad secta es el nombre que
se le da a toda expresión religiosa que no se somete
a la autoridad y la doctrina de la estructura religiosa
imperante, la cual se presenta como verdadera e
infalible.
Cuando toda esta situación se deja avanzar y no se
denuncia, se corre el riesgo de permitirle a los sectores
fundamenta listas (bien sea religiosos o laicos) el
ganar escaños en el poder público y así proponer políticas
y leyes de persecución religiosa en represalia
contra aquellas entidades que ellos consideran “sectas
peligrosas”, violando así la autonomía espiritual
que cada tradición de fe tiene sobre sus fieles sin que
se incurra en delitos.
Fue el caso del proyecto de
Ley 055 de 2010 con el cual se pretendía criminal-izar
en Colombia el fuero vocacional y ministerial
de los líderes religiosos y de las entidades religiosas
que establecen códigos de vestimenta y de alimentación
específicos conforme a sus creencias religiosas,
bajo el argumento de que estaban violando la ley al
generar servidumbre o expropiación de bienes.
El
proyecto de ley fue hundido porque de ser aprobado,
cualquier ministro de culto de cualquier entidad
religiosa hubiera podido ser puesto en prisión por
constreñir religioso.
Cuando la sociedad permite que este tipo de situaciones
avance y se fortalezca, se corre el grave peligro
de que una estructura religiosa se haga al poder
público y logre que el Estado se declare confesional,
tal como ocurrió con la Constitución Nacional
de 1886, en la cual se determinó la confesionalidad
del Estado colombiano afectando a las demás instituciones
religiosas y convirtiéndolas en objetivos
militares (Arboleda, 2002). Por fortuna el Estatuto
Legislativo de Libertad Religiosa (Ley 133 de
1994) estipula que Colombia no es un estado confesional…
pero un avance fundamentalista de alguna
estructura religiosa podría echar al piso esta ley si
los poderes públicos permanecen indiferentes ante
los sentimientos religiosos de los ciudadanos, como
la misma ley lo enuncia.